... Hazemos merced a los cristianos viejos que casaren
en este rreyno con cristianas nuevas e a las cristianas
viejas que casaren con cristianos nuevos e a los cris
tianos viejos que fueren a vivir entre cristianos nuevos
que sean libres y exemptos de huéspedes así de los de
nuestra corte como de gente de guerra e otros quales
quier y que no den rropa ni bestias de guía ni aves ni
otra cosa alguna por vía de aposento e demás desto
por les hazer más merced a las tales personas que
hizieren lo suso dicho les prometemos que luego que
nos conste dello les haremos merced para ellos y para
sus herederos y sucesores de les dar y señalar de lo
rrealengo e público y concegil algunas roças e tierras e
terminos... (36).
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